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Seguridad Social insiste a autónomos y negocios que deben cotizar por los becarios y explica cómo hacerlo

Seguridad Social insiste a autónomos y negocios que deben cotizar por los becarios y explica cómo hacerlo

El pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo sistema de cotización para los becarios. La Seguridad Social ha publicado una guía recordando esta obligación para los negocios y para intentar resolver las dudas más comunes, como el modo de darles de alta o los tipos de prácticas incluidas.

El pasado 1 de enero de 2024 entró en vigor el Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo que, entre otras medidas, establece un nuevo sistema de cotización para los becarios. Desde entonces, los estudiantes que realicen prácticas formativas en pequeños negocios, ya sean remuneradas o no, deben estar afiliados al sistema de la Seguridad Social.

El problema es que, como ya avanzó este diario digital, las universidades se han visto obligadas a pagar ellas mismas estas cotizaciones porque la mayoría de las empresas y organismos públicos, donde habitualmente los alumnos hacían prácticas, se han negado a pagar este sobrecoste de cotizaciones habida cuenta de que los becarios van únicamente a cubrir unos créditos universitarios y aprender como si fuera una asignatura más.

Pero el Gobierno insiste en que esta medida permite a los jóvenes comenzar a cotizar a la Seguridad Social para disfrutar de algunas prestaciones -no todas-. Además, el tiempo dedicado a estas prácticas será reconocido como período cotizado a efectos de su futura pensión.

Dentro de la nueva obligación de cotización se incluyen las prácticas realizadas por alumnos universitarios, tanto las dirigidas a la obtención de titulaciones oficiales de grado y máster, doctorado, como las que están dirigidas a la obtención de un máster de formación permanente, un diploma de especialización o un diploma de experto. También las realizadas por alumnos de formación profesional, siempre y cuando las mismas no se presten en el régimen de formación intensiva.

Desde la revista de la Seguridad Social aclararon las dudas sobre esta nueva medida enfocada a los alumnos que deseen realizar prácticas mientras los compaginan con sus estudios.

¿Cuál es la razón detrás de la aprobación de esta nueva medida?
El Gobierno afirmó que el objetivo es “mejorar y ampliar los derechos de los alumnos, incluyéndolos en el sistema de Seguridad Social", permitiéndoles así iniciar un historial de cotizaciones y estar protegidos, por ejemplo, ante una incapacidad temporal.

Esta inclusión en el sistema de Seguridad Social tiene dos efectos principales, según explicaron desde el Ministerio dirigido por Elma Saiz:

Los períodos en los que los estudiantes estén realizando prácticas contarán como cotizados. Esto significa que estos períodos se considerarán, por ejemplo, para calcular la edad a la que podrán jubilarse estos becarios.
Los estudiantes podrán acceder a la protección ofrecida por la Seguridad Social mientras llevan a cabo las prácticas. Esto significa que estarán cubiertos en caso de accidente u otras eventualidades.
¿Qué tipo de prácticas están sujetas a la cotización de los becarios?
Están incluidas todas las prácticas formativas o prácticas académicas externas, tanto si son retribuidas como si no. Más concretamente, son las siguientes:

Prácticas realizadas por estudiantes universitarios, ya sea como parte de su formación para obtener una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o para un título propio de la universidad.
Prácticas realizadas por estudiantes de formación profesional, siempre que no estén vinculadas al régimen de formación profesional intensiva, es decir, que no tengan carácter laboral.
Prácticas realizadas por estudiantes de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.
¿Quién debe dar de alta a los alumnos en el sistema de la Seguridad Social?
Las universidades, empresas y centros de formación son los encargados de registrar y desvincular a los estudiantes, así como de cumplir con todas las responsabilidades que surjan con respecto a la Seguridad Social.

¿Cómo se debe dar de alta al estudiante en prácticas?
Para poder realizar el registro en el sistema de la Seguridad Social, es necesario que el estudiante cuente con un Número de la Seguridad Social (NUSS) asignado. Este número sirve como identificador en las interacciones del estudiante con la Seguridad Social.

Es posible que el estudiante ya disponga de un NUSS, por ejemplo, si ha tenido alguna experiencia laboral anterior o si ha estado cubierto por el seguro escolar. Sin embargo, si no cuenta con este número, la empresa, institución, entidad o centro de formación responsable de cumplir con las obligaciones de la Seguridad Social debe solicitarlo en su nombre.

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Fuente: autonomosyemprendedor.es

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