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Los autónomos que hayan facturado más de 3.005 euros a un mismo cliente deben informar a Hacienda

Los autónomos que hayan facturado más de 3.005 euros a un mismo cliente deben informar a Hacienda

Los autónomos que realizado operaciones con un cliente o proveedor por un valor total de más de 3.005,06 euros el año pasado tienen hasta el 29 de febrero para presentar el modelo 347 de la Agencia Tributaria.

Los autónomos que hayan cobrado o pagado facturas por un importe total superior a 3.005,06 euros el año pasado de un mismo cliente o proveedor deben presentar, antes del 29 de febrero, el modelo 347 de la Agencia Tributaria. Se trata de la declaración anual de operaciones con terceras personas, que afecta a todas las actividades empresariales o profesionales que se realizan en España, y que tiene periodicidad anual.

Ante la inminente fecha de presentación de esta declaración informativa, fuentes de la Agencia Tributaria recordaron que todos los autónomos, excepto aquellos que estén en el sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), “tienen que presentar el modelo 347 si realizan operaciones con clientes y proveedores de más de 3.005,06 euros durante el año anterior.” Es decir, en este caso, durante 2023.

De este modo, un autónomo podría tener que informar a Hacienda sobre las operaciones realizadas durante el año con un cliente o proveedor que superen esa cifra, mientras que no tendría que hacerlo en aquellos casos en los que las ventas o compras no se sitúen por encima de los 3.005,06 euros.

Por tanto, se trata de una obligación que afectará a miles de autónomos, teniendo en cuenta que muchos de ellos, como los económicamente dependientes (TRADE), pero también los dedicados a las reformas o la venta de productos y bienes de elevado precio, superan ampliamente dicha fecha en sus operaciones.

La Agencia Tributaria responde las preguntas más frecuentes de los autónomos sobre el modelo 347
En primer lugar, la AEAT recordó que los autónomos que deban presentar el modelo 347 tienen hasta el 29 de febrero para hacerlo, a través de Internet. Sin embargo, “en aquellos supuestos en que por razones de carácter técnico no fuera posible efectuar la presentación a través de Internet en el plazo reglamentario de declaración, dicha presentación podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes al de finalización de dicho plazo.” Es decir, en este caso, hasta el 4 de marzo.

¿Cómo deben los autónomos rellenar los datos del modelo 347?
Los autónomos obligados a presentar el modelo 347 de Hacienda antes del 29 de febrero deberán rellenar la información cada cliente o proveedor cuyas operaciones anuales hayan superado los 3.005,06 euros desglosando éstas trimestralmente. Sin embargo, existen algunas excepciones donde los trabajadores por cuenta propia deberán aportar la información en términos anuales:

En los casos en los que las operaciones se hayan percibido o pagado en metálico.
A las cantidades declaradas por los sujetos pasivos que realicen operaciones dentro del régimen especial de criterio de caja, “que están obligados a suministrar toda la información que vengan obligados a relacionar en su declaración anual, sobre una base de cómputo anual”, explicaron desde la AEAT.

¿Qué autónomos están obligados a presentar el modelo 347 antes del 29 de febrero?
La Agencia Tributaria recordó que están obligados a presentar esta declaración antes del 29 de febrero “quienes realicen actividades empresariales o profesionales y cuyas operaciones en su conjunto para cada cliente o proveedor hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente.”

Sin embargo, quedarán excluidos de esta obligación aquellos autónomos obligados a llevar los libros de registro a través de la sede electrónica de la AEAT, así como los sujetos pasivos del Régimen de Devolución Mensual del IVA (REDEME), ya que están incluidos en el SII.

Para más información: Más información

Fuente: autonomosyemprendedor.es

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